Coronavirus: células infectadas se descomponen en alrededor de 24 horas en un cadáver

Cuando una persona fallece a causa de la covid-19, el virus que generó esta enfermedad también tiene las horas contadas para quedar inactivo, ya que requiere de una célula humana viva para replicar su material genético y luego infectar a otras células.

Por ello, los especialistas señalan que el cadáver deja de ser un agente de contagio y, por lo tanto, debe ser enterrado en el lugar que la familia decida o ser exhumado después de un año, tal como establece la ley. 

El especialista en enfermedades infecciosas y tropicales de la UPCH, Fernando Mejía Cordero, explica  que la persistencia viable y transmisible del SARS-CoV-2 en el cuerpo del fallecido aún no se conoce, pero las células infectadas pueden tardar alrededor de doce horas para descomponerse.

“La mayoría, entre 12 a 24 horas. Si la temperatura ambiental es fría, la descomposición tardará unas horas más”, detalla el médico, por lo que concluye que, de esa manera, el nuevo coronavirus se queda sin células receptoras y multiplicadoras para causar la enfermedad.

Subraya asimismo que, apenas una persona deja de existir, se acaba la viabilidad para la transmisión directa del nuevo coronavirus por el simple hecho de que un difunto “no habla, no respira, no exhala”. 

No obstante, Cordero Mejía también aclara que cuando se evita el contacto de los familiares con un recién fallecido es porque el virus probablemente permanece aún en la superficie del cadáver, debido a las secreciones. 

Por ello, el biólogo Elmer Quichiz Romero, director ejecutivo de Control y Vigilancia de Digesa, añade que es fundamental el cumplimiento de la directiva sanitaria del Ministerio de Salud (Minsa) para el manejo de fallecidos por covid-19, donde se definen los procedimientos de bioseguridad, así como los equipos de protección a tomarse en cuenta para aislar, limpiar, ordenar, así como preparar y trasladar a un cadáver hacia el cementerio. 

“No se han reportado contagios entre quienes se encargan de ejecutar este protocolo, es decir, el personal médico y el personal responsable de los servicios funerarios, ya sea en el hospital o en el domicilio”, agrega el funcionario.

Protocolo extremo 

La mencionada directiva del Minsa establece medidas en concordancia con las disposiciones de la Organización Mundial de la Salud a fin de controlar la contaminación y diseminación del SARS- CoV-2 y,  de acuerdo con Quichiz Romero, se trata de protocolos extremos -en cierta medida- porque el causante de la muerte es un agente infeccioso poco conocido.

“Por eso, el cadáver se envuelve en una sábana, luego se coloca en una bolsa hermética - o una bolsa gruesa, en su defecto- a la que se le rocía lejía antes de poner el cuerpo en el ataúd, el cual al cerrarse anula cualquier riesgo para las personas que se encargan del servicio funerario”, detalla. 

Sin embargo, ambos especialistas concuerdan en que las medidas para la inhumación de una persona que ha fallecido por la enfermedad covid-19 no deberían ser distintas a las que se aplican cuando alguien ha muerto por cualquier otra razón, incluso por una enfermedad infectocontagiosa, como tuberculosis, hepatitis o sida. 

Quichiz Romero refiere que, al igual que en estos casos, un fallecido por covid-19 debe ser sepultado en un nicho, una tumba o un mausoleo y no en una fosa común, que es un área diseñada para entierros gratuitos o para cuando no hay más lugar en los cementerios públicos.

Exhumación después de un año

El director ejecutivo de Control y Vigilancia de Digesa se refiere de manera especial a quienes han sido enterrados temporalmente en lugares distintos a su residencia, debido a las restricciones de movimiento en el marco de la pandemia, y cuyos familiares prevén hacer el traslado de sus cuerpos.

“Las inhumaciones temporales deben esperar un año para ser trasladadas a cualquier cementerio, al que la familia cree que corresponda, tal como lo establece la Ley de Cementerios y Servicios Funerarios”, manifiesta el biólogo.

El especialista también precisa que esta norma, vigente desde 1994, establece el plazo de un año para el traslado de cualquier difunto, salvo que un juez ordene otra medida, situación que no corresponde a quien ha dejado de existir por covid-19.

La directiva del Minsa contempla tanto la cremación como la inhumación, recuerda Quichiz Romero, quien asegura que ningún fallecido por covid-19 ha dejado de recibir un servicio funerario, ni siquiera los no identificados o abandonados por sus familiares, “ya que el Sistema Integral de Salud (SIS) ha cubierto los gastos en situaciones como estas, en el marco del principio de universalización de la salud”. 

No hay impedimento legal o sanitario para que una persona que ha muerto a causa del coronavirus sea cremado, inhumado o exhumado como cualquier otra persona, concluye. Todos los fallecidos por el nuevo coronavirus han tenido un servicio funerario. 

ANDINA

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