La Superintendencia Nacional de Migraciones ha informado sobre los diversos cambios introducidos por la nueva Ley de Nacionalidad (Ley N.° 32421), aprobada recientemente por el Congreso y promulgada por el Poder Ejecutivo.
Entre las principales modificaciones, se encuentran:
- Naturalización: el requisito de residencia migratoria mínima en Perú pasa de 2 a 5 años continuos e inmediatos, además de la acreditación de ingresos lícitos por 10 UIT anuales.
- Nacionalidad por opción (matrimonio): el plazo de matrimonio continuo antes de solicitarla se incrementa de 2 a 4 años, junto con el requisito de contar con residencia migratoria.
- Doble nacionalidad: se incorpora el requisito de solvencia económica lícita de 10 UIT anuales y cumplimiento tributario.
- Distinciones: para la distinción meritoria y la distinción de deportista calificado se exige 2 años de residencia.
- Requisitos generales: evaluación de idioma, conocimientos de historia, geografía, Constitución, cultura y actualidad; control de antecedentes vía INTERPOL y pasaporte vigente del país de origen.
- Procedimientos: tendrán un plazo máximo de tramitación de 18 meses, prorrogables 6 meses más.
Estas modificaciones, según informó la entidad, buscan equilibrar el respeto a los derechos humanos con la protección de los intereses nacionales esenciales, fortaleciendo los filtros de seguridad en los procesos de adquisición de la nacionalidad.
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