El organismo regulador fiscaliza permanentemente la contratación de servicios móviles y ejecuta acciones informativas en todo el país para evitar la venta ambulatoria.
En el marco de las acciones que realiza para combatir la venta ambulatoria de chips, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) participó este viernes 28 de noviembre en un operativo de fiscalización preventiva en el distrito de Lince.
La intervención, liderada por la Municipalidad de Lince contó con el apoyo del Ministerio Público y la Policía Nacional del Perú (PNP) y tuvo como objetivo prevenir actividades ilícitas asociadas al uso irregular de líneas móviles, garantizar la venta formal de servicios de telecomunicaciones y proteger la seguridad de los ciudadanos.
Durante el recorrido, los equipos de fiscalización del OSIPTEL, junto con la alcaldesa de Lince, Malca Schnaiderman Lara, así como miembros de la fiscalía y de la PNP, visitaron diversos locales comerciales de la zona.
En cada punto intervenido se recordó a los vendedores que la comercialización ambulatoria de chips está prohibida por el OSIPTEL y los vendedores pueden sufrir penas privativas de la libertad, por mandato de la Ley n.° 32451 de 2025. Asimismo, se reiteró que las empresas operadoras solo pueden realizar activaciones en locales autorizados y reportados formalmente al OSIPTEL, siguiendo estrictos protocolos de identificación y verificación biométrica.
En esa línea, el organismo regulador alertó que la venta ambulatoria expone a los ciudadanos a graves riesgos, como la manipulación indebida de lectores biométricos y la entrega reiterada de huellas dactilares, prácticas que pueden derivar en suplantaciones de identidad, contrataciones no consentidas e incluso delitos como extorsiones.
En paralelo, el OSIPTEL recordó que fiscaliza permanentemente el proceso de contratación de servicios móviles y ejecuta acciones informativas en todo el país. Además, impone multas a los operadores por esta falta. Así 2020 y setiembre de 2025, impuso multas que superan los S/125 millones por incumplimientos relacionados con la venta ambulatoria de chips.
Finalmente, se enfatizó que el control de la comercialización ambulatoria es responsabilidad de las municipalidades, la PNP y el Ministerio Público. Se reiteró que la Ley n.° 32541, indica que la venta de servicios móviles sin autorización puede implicar penas entre cuatro a ocho años de prisión a los vendedores ambulantes, además de sanciones económicas.
La acción conjunta entre OSIPTEL, las municipalidades, la PNP y el Ministerio Público demuestra que la lucha contra la informalidad en las telecomunicaciones avanza con firmeza y abre el camino hacia un entorno donde cada línea móvil represente confianza y protección para los usuarios.

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